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josesegarra

Active member
6 Nov 2015
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Existe alguna ley o algún sitio que ponga en que lugares esta permitido el ecig y en que lugares esta prohibido.
Muchas gracias.
 

pepolacas

Well-known member
15 Abr 2014
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Santiago de Compostela
Boe del 28 de marzo 2014. Ley 3/2014


Disposición final duodécima.*Modificación de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de*
medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el*
consumo y la publicidad de los productos del tabaco.
Uno. Se añade una nueva letra f) al apartado 1 del artí­culo 2 de la Ley 28/2005,*
de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta,*
el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, que queda*
redactada como sigue:
«f) Dispositivo susceptible de liberación de nicotina:*un producto, o cualquiera*
de sus componentes, incluidos los cartuchos y el dispositivo sin cartucho, que*
pueda utilizarse para el consumo de vapor que contenga nicotina a través de una*
boquilla. Los cigarrillos electrónicos pueden ser desechables, recargables mediante*
un contenedor de carga, o recargables con cartucho de un solo uso.»
Dos. Se introducen las disposiciones adicionales duodécima y décimo tercera en la*
Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora*
de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, sin*
perjuicio de las adaptaciones necesarias que deban realizarse a la normativa comunitaria*
que se apruebe sobre el tema concreto objeto de regulación en este precepto, que*
quedan redactadas como sigue:
«Disposición adicional duodécima. Consumo y venta a menores de dispositivos*
susceptibles de liberación de nicotina y productos similares.
Uno. El consumo de dispositivos susceptibles de liberación de nicotina y*
productos similares queda sometido a las mismas previsiones establecidas para el*
consumo del tabaco que se recogen en el artí­culo 6, así­ como a las contempladas*
en los apartados 2 y 3 del artí­culo 3.
Dos.*Se prohí­be el consumo de dichos dispositivos, en:
a) los centros y dependencias de las Administraciones públicas y entidades*
de derecho público.
b) los centros, servicios y establecimientos sanitarios, así­ como en los*
espacios al aire libre o cubiertos, comprendidos en sus recintos.
c) en los centros docentes y formativos, salvo en los espacios al aire libre de*
los centros universitarios y de los exclusivamente dedicados a la formación de*
adultos, siempre que no sean accesos inmediatos a los edificios y aceras*
circundantes.
d) en los medios de transporte público urbano e interurbano, medios de*
transporte ferroviario, y marí­timo, así­ como en aeronaves de compañí­as españolas*
o vuelos compartidos con compañí­as extranjeras.
e) en los recintos de los parques infantiles y áreas o zonas de juego para la*
infancia, entendiendo por tales los espacios al aire libre acotados que contengan*
equipamiento o acondicionamiento destinados especí­ficamente para el juego y*
esparcimiento de menores.
 
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josesegarra

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6 Nov 2015
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Entonces por lo que he podido entender, puedo usar el ecig en un centro comercial.
Legalmente me pueden prohibir el uso del ecig en un centro comercial.
 
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josesegarra

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6 Nov 2015
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Tabaco-ecig.

Como soy nuevo en esto del vapeo..
Se considera el ecig igual que el cigarro a la hora de su utilización?????
 

bigvaper

New member
22 Feb 2015
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Que alguien me corrija pero creo que se puede seguir usando en bares, ¿esto es así­? , yo personalmente vapeo en la calle, pero creo que si se puede si el dueño del establecimiento no pone trabajas, alguien sabe de esto