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El vapeo bajo ataque: entienda la ofensiva mundial iniciada por la OMS

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La próxima conferencia COP10, que será en noviembre en Panamá, es un acontecimiento que marcará el futuro del vapeo y de otras alternativas no combustibles para el consumo de nicotina en todo el mundo. Conozca las principales amenazas y las posibles formas de defensa.

NNAlliance, una coalición internacional de organizaciones comprometidas con la promoción de estrategias de reducción de daños por consumo de nicotina, está profundamente preocupada por los planes de la Organización Mundial de la Salud (OMS) de lanzar un ataque global contra el vapeo. En un anuncio reciente, la OMS ha pedido que se tomen medidas enérgicas contra los cigarrillos electrónicos, alegando que son una grave amenaza para la salud pública.

La entidad británica insta a la OMS a reconsiderar esta postura y a basar sus políticas en las fuertes pruebas científicas de los últimos años, que demuestran que el vapeo es una estrategia de reducción de daños que ayuda a los fumadores a dejar de fumar, reduciendo la exposición a las sustancias químicas nocivas que se encuentran en el humo del tabaco. El conjunto de más de una década de evidencias científicas también demuestra que el vapeo es mucho menos nocivo que fumar.

Entienda las principales amenazas

  1. Prohibición de los sistemas abiertos

En la página 166 del 8º informe TobReg se afirma que «los reguladores no deberían permitir ENDS en los que los usuarios puedan controlar las características del dispositivo y los ingredientes líquidos (es decir, ENDS de sistema abierto)». Ello también se menciona en otras partes del documento.

Página 223: «Los reguladores deben asegurarse de que se retiren del mercado los productos personalizables que pueden utilizarse para suministrar nicotina en productos como los ENDS de sistema abierto; de lo contrario, los usuarios añadirán aditivos poco ortodoxos e ilícitos a sus productos».

Página 313: «Prohibir la venta de sistemas electrónicos de suministro de nicotina y sistemas electrónicos de suministro sin nicotina en los que el usuario pueda controlar las características del dispositivo y los ingredientes líquidos (es decir, sistemas abiertos)».

  1. Prohibición de sabores

Un informe de la COP7 (COP7/11), afirma en la página 6 que: «Las Partes que no hayan prohibido la importación, venta y distribución de ENDS y ENNDS pueden considerar «prohibir o restringir el uso de sabores que atraigan a los menores»». Esto también se menciona varias veces en el documento TobReg8.

Aunque en la página 64 se admite que los sabores ayudan a los adultos a cambiar, «entre los adultos, los sabores de los cigarrillos electrónicos aumentan el atractivo del producto y son una razón principal para usarlo», a continuación se recomienda la prohibición.

Página 223: «Una prohibición total de todos los sabores en todos los productos de nicotina y tabaco parecería ser un enfoque sólido para frenar el consumo de productos de tabaco por parte de los jóvenes».

Página 228: «Cuando no se prohíban los aromas, su regulación en los productos de nicotina y tabaco debería ser coherente a nivel mundial; es decir, la disponibilidad de aromas debería regularse de forma similar para todos los productos de nicotina y tabaco en lugar de para cada producto». (Nota: los aromas están prohibidos en los productos de tabaco en el Reino Unido, por lo que esta recomendación se refiere a la prohibición de todos los aromas para vapear que no sean de tabaco).

  1. Restricción de las sales de nicotina

El informe TobReg8 habla de cómo las sales de nicotina suministran esta sustancia de forma más eficaz que otros medios. Esto es positivo, ya que ayuda a los fumadores a cambiar a productos más seguros. Sin embargo, los autores del TobReg8 ignoran este beneficio y sólo ven a las sales de nicotina como algo atractivo para los no fumadores y como una vía de adicción a la nicotina para otra generación. Por lo tanto, hace la siguiente recomendación.

Página 293: «sobre la base de pruebas rigurosas, restringir la manipulación de la concentración y la forma de la nicotina por parte de los fabricantes».

  1. Restricción del suministro de nicotina (flujo de nicotina)

El flujo de nicotina es la tasa de emisión de vapor de los cigarrillos electrónicos. Regular sobre esta base limitaría todo, desde el tamaño de la batería a los niveles de nicotina y las formas de consumo. De este modo, todos los productos serían iguales. También podría implicar la restricción de la duración de las caladas o la aplicación de un intervalo mínimo entre caladas. Este tema se trata en el informe TobReg8.

Página 164: «Este enfoque también requeriría que los productos ENDS no permitieran a los usuarios acceder a muchas de las características del dispositivo, el líquido y el comportamiento del usuario que influyen en el flujo de nicotina, como los ENDS de «sistema cerrado» con límites incorporados en la duración de las caladas».

Página 166: «Los reguladores deben centrarse en la tasa de emisión de nicotina o flujo (es decir, el resultado) como un objetivo regulatorio, en lugar de cualquier variable de entrada única (por ejemplo, la concentración de nicotina líquida o la potencia del dispositivo)».

  1. Redefinición de qué es el humo

Para justificar que la regulación del vapeo sea exactamente igual que la del tabaco, la Secretaría del CMCT ha debatido la redefinición de lo que es el humo. En la página 4 de un informe de la COP9 (COP9/10) se explica cómo se propone hacerlo.

«… Los (aerosoles) generados por reacciones químicas en las que interviene el calor se denominan «humo»… ¿Pueden considerarse «humo de tabaco» los aerosoles de los productos del tabaco nuevos y emergentes? Sí. … Por lo tanto, en sentido estricto, los aerosoles visibles que se derivan total o parcialmente de reacciones químicas térmicas se consideran «humo», incluso cuando no hay combustión».

  1. Redefinición del cambio/abandono

En los documentos del CMCT se ha debatido por qué cambiar al tabaco calentado no es dejar de fumar a pesar de ser mucho menos perjudicial que el tabaco de combustión. Un informe de la COP9 (COP9/9) trata este tema en las páginas 9 y 10.

«Los HTP deberían tratarse como productos del tabaco» y, por lo tanto, «gravarse al mismo tipo impositivo que los CC (cigarrillos combustibles)». Las propuestas incluyen prohibir su uso «donde esté prohibido fumar», «exigir advertencias sanitarias gráficas de gran tamaño y un empaquetado sencillo» y «aplicar las prohibiciones existentes sobre publicidad, promoción y patrocinio del tabaco». TobReg8, en la página 117, niega que el tabaco calentado pueda ayudar a dejar de fumar y recomienda que «incluso si las pruebas futuras respaldaran los HTP como ayudas eficaces para cambiar de producto (es decir, sustituir un producto del tabaco por otro), nunca deberían considerarse como tratamiento para dejar de fumar, lo que incluye dejar de consumir nicotina».

En esta nota se establece un vínculo con los productos de vapeo (y, por lo tanto, una justificación para ampliarlo a estos en el futuro) al explicar que «al igual que en el caso de los ENDS y ENNDS, la administración de nicotina con tabaco calentado requiere la combinación de una fuente de nicotina con un aparato. El aparato puede venderse por separado del líquido de nicotina o del prospecto de tabaco, pero es necesario para la experiencia del usuario, ya que son un producto integrado».

  1. Incluir todos los productos de nicotina de riesgo reducido en el ámbito del CMCT

El objetivo de muchas de estas recomendaciones es presentar el vapor, el aerosol de tabaco calentado y el humo de tabaco combustible como productos igualmente nocivos y, por lo tanto, incluirlos en el ámbito de aplicación del CMCT.

Esto es para satisfacer los términos del propio tratado del CMCT, que deja claro que su papel es reducir los daños para la salud del humo de tabaco, no de la nicotina.

Artículo 1(d). «Control del tabaco»: una serie de estrategias de reducción de la oferta, la demanda y los daños que tienen por objeto mejorar la salud de una población eliminando o reduciendo su consumo de productos de tabaco y su exposición al humo de tabaco;

Artículo 3, página 5: El objetivo del presente Convenio y de sus protocolos es proteger a las generaciones presentes y futuras de las devastadoras consecuencias sanitarias, sociales, medioambientales y económicas del consumo de tabaco y de la exposición al humo de tabaco.

¿Qué se puede hacer?

Además de todo ello, una preocupación generalizada entre defensores de la reducción de daños de todo el mundo es que las medidas enérgicas propuestas por la OMS contra el vapeo tengan consecuencias no deseadas y mantengan la prevalencia del hábito de fumar, que es una causa conocida de muerte y enfermedad. La medida puede disuadir a los fumadores de cambiar a alternativas menos nocivas y hacer que miles de personas sigan fumando o vuelvan a fumar.

En su llamada a la acción este 20 de marzo, la NNAlliance subraya la necesidad de que la reducción de daños esté en el centro de cualquier política de salud pública eficaz. «Instamos a la OMS a trabajar con nosotros y con otros defensores de la reducción de daños para desarrollar políticas basadas en pruebas que promuevan estrategias de reducción de daños para el consumo de nicotina».

Los representantes de la NNAlliance enseñan algunas acciones que pueden generar efecto: «contactar a los responsables políticos, a los expertos en salud pública y a los medios de comunicación para que apoyen las estrategias de reducción de daños para el consumo de nicotina y rechacen los esfuerzos por estigmatizar o demonizar el vapeo. Debemos trabajar juntos para garantizar que los fumadores tengan acceso a información precisa sobre los riesgos relativos de los diferentes productos de nicotina y el apoyo que necesitan para dejar de fumar».

La Secretaría de la FCTC ha formulado propuestas y distribuido informes a los signatarios del tratado, pero en última instancia son las Partes las que toman decisiones. Aunque la Secretaría puede proporcionar asesoramiento, debe seguir las decisiones de las delegaciones nacionales. Todas las delegaciones nacionales reciben instrucciones de sus gobiernos, que en última instancia son responsables ante el ciudadano y el electorado. Por lo tanto, es crucial que las personas expresen sus preocupaciones a sus representantes electos y a quienes participan en el proceso de la COP10.

Como ciudadano informado y preocupado, es importante actuar para hacer oír su voz y asegurarse de que sus representantes electos sepan lo que piensa sobre las amenazas que la Organización Mundial de la Salud (OMS) plantea a estos productos.

En resumen, la próxima conferencia COP10 es un acontecimiento importante para el futuro de las alternativas a la nicotina no combustible en todo el mundo y seguro usted podrá sentir las consecuencias. Una de las formas más eficaces de hacer oír su voz es escribir a su diputado y expresarle sus objeciones a estas amenazas reales. Explique por qué las alternativas no combustibles a la nicotina, como el vapeo, son importantes para usted y por qué hay que resistirse a las amenazas de la OMS. Pida a su diputado que transmita sus preocupaciones al gobierno e insista en que la delegación de su país defienda estos productos en la conferencia COP10. También es importante averiguar quién forma parte de la delegación de su país en la COP10 y escribirle directamente. Su diputado puede ayudarle preguntándole quién forma parte de la delegación para que usted pueda escribirle y expresarle sus preocupaciones. 

Si desea más información, póngase en contacto con NNAlliance en info@nnalliance.org o busque alguna asociación de consumidores de su país.


Este artículo fue traducido y adaptado al español por el equipo de Vaping Today. Publicación original: . Si encuentra algún error, inconsistencia o tiene información que pueda complementar el texto, comuníquese utilizando el formulario de contacto o por correo electrónico a redaccion@thevapingtoday.com.

REDACCION VT
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