PARTE 4
Mientras en Panamá su nombre permanecía vinculado a medidas cautelares de carácter patrimonial, los foros internacionales la elevaban como modelo.
En ese doble juego de reflejos, su figura se convirtió en la síntesis —involuntaria, pero reveladora— de una contradicción estructural:
el brillo que afuera ilumina… adentro no siempre alcanza.
Dos años después del Auto Nº 60-2017 del Tribunal de Cuentas, el nombre de la Dra. Reina Gisela Roa Rodríguez volvió a ocupar titulares, pero en una frecuencia completamente distinta.
Esta vez no fue por auditorías, certificados de satisfacción cuestionados ni embargos preventivos, sino por dos reconocimientos internacionales que la consagraban como referente regional en salud pública.
En 2019, su trayectoria como promotora de políticas para el control del tabaco alcanzó uno de sus mayores momentos de reconocimiento global. Apenas dos años antes, sin embargo, su firma había quedado incorporada a un proceso de responsabilidad patrimonial relacionado con los contratos de traslados aeromédicos del Ministerio de Salud de Panamá.
Aplaudida fuera, examinada dentro: su figura encarnaba, sin proponérselo, la disonancia entre el prestigio del relato y el silencio del expediente.
En septiembre de ese año, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) le concedió el Premio a la Gestión y al Liderazgo en los Servicios de Salud, en reconocimiento a sus contribuciones a la salud pública panameña y, particularmente, a su participación en el desarrollo y la implementación de la legislación nacional para el control del tabaco.
No se trataba de un gesto meramente simbólico. Según destacó la propia organización, el trabajo de Roa contribuyó a que Panamá se convirtiera en el segundo país de la Región de las Américas en ratificar el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco (CMCT).
Su trayectoria también trascendía las fronteras panameñas. La OPS resaltó su colaboración con procesos regulatorios en países como Costa Rica, Perú y México, así como su participación sostenida en espacios regionales e internacionales dedicados al control del tabaco.
Un mes antes, la Federación Mundial del Corazón le había concedido el WHF Advocacy Award in Cardiovascular Health, entregado durante la apertura del Congreso de la Sociedad Europea de Cardiología de 2019 y del Congreso Mundial de Cardiología.
La organización la presentó como una figura pionera en el control del tabaco, con incidencia nacional, regional y global. Destacó su participación en la ratificación del CMCT, en la formulación de políticas públicas y en las negociaciones que condujeron al desarrollo de distintas directrices del tratado.
En el discurso institucional, Roa aparecía como una técnica capaz de trascender fronteras y proyectar desde Panamá un modelo de salud pública con ambición global.
Pero detrás de esos reconocimientos permanecía otro registro.
En 2017, el Tribunal de Cuentas había ordenado medidas cautelares de carácter patrimonial contra varias personas naturales y jurídicas vinculadas con las irregularidades investigadas en los contratos de traslados aeromédicos. Entre ellas se encontraba Roa, sobre cuyos bienes se decretó un embargo preventivo por B/. 87.930,00.
Aquellas medidas no constituían una condena ni determinaban por sí mismas su culpabilidad. Respondían a una estimación preliminar de la posible responsabilidad patrimonial derivada de su actuación administrativa.
En los documentos del proceso, además, su nombre no aparecía de manera aislada. Formaba parte de un expediente más amplio, relacionado con varias empresas, funcionarios y particulares investigados por un posible perjuicio económico al Estado panameño.
Los documentos examinados para esta serie no la identificaban como beneficiaria económica del esquema ni como responsable de su organización. Su incorporación al proceso se relacionaba con los certificados de satisfacción que suscribió en ejercicio de sus funciones y que fueron utilizados para respaldar pagos posteriormente cuestionados por las autoridades.
Esa diferencia resulta esencial.
No es lo mismo organizar una operación irregular que participar en el circuito administrativo que la hizo posible. Tampoco es equivalente obtener un beneficio económico que certificar el cumplimiento de servicios cuya ejecución sería posteriormente cuestionada.
Pero la ausencia de un beneficio personal acreditado no elimina las preguntas sobre la responsabilidad institucional de quien firma.
Esa disonancia —examinada en casa, premiada afuera— marcó un punto de inflexión en la construcción de su imagen pública. En los foros multilaterales, donde la salud era proclamada como un derecho humano, Roa era celebrada como referente. En Panamá, su figura permanecía vinculada a preguntas que todavía exigían esclarecimiento.
Entre el elogio y la sospecha, su legado quedaba suspendido en una tensión irresuelta.
No se trataba necesariamente de una contradicción. Era, más bien, la coexistencia incómoda de dos narrativas que rara vez se encontraban: la del mérito profesional y la de la rendición de cuentas.
Una dualidad que no solo atravesaba su biografía, sino que exponía una tensión más profunda del sistema:
¿Debe el reconocimiento internacional influir en la forma en que se examina la responsabilidad local?
¿Puede una trayectoria técnica sobresaliente convivir con decisiones administrativas cuestionadas?
¿Dónde termina el mérito profesional y comienza el deber de responder por aquello que se firma?
En 2019, esas preguntas todavía no encontraban respuesta.
Solo silencio.
O, a lo sumo, eco.
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